CARLA LOPEZABOGADA

Abogada de familia: alimentos, divorcio y régimen de comunicación

Te ayudo a reclamar la cuota alimentaria de tus hijos, a divorciarte y a acordar o pedir un régimen de comunicación. En muchos casos el proceso empieza con una instancia para intentar un acuerdo, y si no se llega a uno, sigue en el juzgado.

Cuota alimentaria

La cuota alimentaria cubre lo que tu hijo necesita: comida, vivienda, salud, educación, ropa y esparcimiento. La obligación es de los dos progenitores y, en general, dura hasta los 21 años, o hasta los 25 si estudia y eso le impide mantenerse.

Si el otro progenitor no paga, se puede reclamar judicialmente y pedir medidas para que cumpla.

Divorcio

Desde el Código Civil y Comercial de 2015 no hace falta explicar por qué te querés divorciar, ni que estén de acuerdo los dos. Lo puede pedir uno solo, presentando una propuesta sobre cómo quedan los bienes, la vivienda y los hijos.

Régimen de comunicación

Es lo que antes se llamaba "régimen de visitas": cómo y cuándo tu hijo mantiene el contacto con el progenitor con el que no vive. Se puede acordar entre los dos o, si no hay acuerdo, lo fija un juez pensando en lo mejor para el chico.

Preguntas frecuentes

¿Necesito que mi ex esté de acuerdo para divorciarme?

No. El divorcio lo puede pedir uno solo, sin explicar los motivos.

¿Hasta qué edad se pagan los alimentos?

En general, hasta los 21 años. Si el hijo estudia y eso le impide mantenerse, se puede extender hasta los 25.

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