Trabajé full time en una gran empresa mientras estudiaba. Sé muy bien lo que es estar del lado más débil en un contrato de trabajo. Por eso, siempre defiendo los derechos del trabajador.
Despidos
Si te despidieron sin causa, la ley te reconoce una indemnización por antigüedad (art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo). Además te corresponden el preaviso, la integración del mes de despido, y las vacaciones y el aguinaldo proporcionales.
Si te despidieron "con causa" y no estás de acuerdo con el motivo, se puede discutir. Y si te presionaron para que firmes la renuncia, contámelo: esa renuncia se puede cuestionar.
Trabajo en negro o mal registrado
Si trabajás sin estar registrado, o te registraron con menos horas, menos sueldo o una fecha de ingreso posterior a la real, podés reclamar que te registren bien y que te paguen las diferencias.
Aunque no tengas recibos, la relación laboral se puede probar con testigos, mensajes, transferencias o fotos.
Diferencias salariales
Si cobrás menos de lo que marca el convenio colectivo de tu actividad, o no te pagan bien las horas extras, los adicionales o el aguinaldo, se pueden reclamar las diferencias.
Apercibimientos y suspensiones
Una suspensión tiene que tener una causa justa, un plazo fijo y notificarse por escrito. Si no cumple esos requisitos, se puede cuestionar y reclamar los días descontados.
Ojo con el plazo: la ley da 30 días para cuestionar una sanción (art. 67 de la Ley de Contrato de Trabajo).
Acoso laboral
Si en tu trabajo te hostigan, te humillan o te aíslan de forma sistemática, eso puede ser acoso laboral. Se puede reclamar el daño y, según el caso, considerarte despedido.
Guardá todo lo que puedas: mensajes, mails, audios y nombres de testigos.
ART y comisiones médicas
Si te lastimaste o te enfermaste por el trabajo, o tuviste un accidente en el camino de ida o vuelta, la ART tiene que darte atención médica, pagarte mientras no puedas trabajar y, si te queda una incapacidad, indemnizarte (Ley 24.557).
En general, antes de ir a juicio hay que pasar por las comisiones médicas. Te acompaño en ese trámite y, si el porcentaje de incapacidad que te dan es bajo, lo cuestionamos.
Reingresos
Hay casos en los que corresponde volver a tu puesto de trabajo. Contame tu situación y te explico si el tuyo es uno de ellos.
Preguntas frecuentes
Me despidieron. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
En general, los reclamos laborales prescriben a los 2 años (art. 256 de la Ley de Contrato de Trabajo). Pero hay pasos que conviene hacer enseguida, como mandar el telegrama. Cuanto antes me escribas, mejor.
¿Tengo que mandar un telegrama?
En muchos casos sí. El telegrama laboral es gratuito para el trabajador y sirve para intimar al empleador. Lo que dice el telegrama importa mucho, así que conviene que lo redactemos juntos antes de mandarlo.
Trabajo en negro. ¿Puedo reclamar igual?
Sí. La relación laboral se puede probar con testigos, mensajes, transferencias o fotos, aunque no tengas recibos de sueldo.
¿Mi empleador se entera si te consulto?
No. Todo lo que me contás está protegido por el secreto profesional.